El franquiciado firma el contrato de franquicia sin recibir el asesoramiento necesario. Las consecuencias de esta forma de proceder vienen después y suelen ser muy negativas.
En la mayoría de los casos el futuro franquiciado no es un empresario, ni tampoco un comerciante habituado a firmar contratos. Es un ciudadano de a pie, que por las razones que sean, ha decidido montar una franquicia. Lo más normal será que desconozca por completo las obligaciones que va a asumir con la firma del contrato y la trascendencia que algunas de ellas tendrán, incluso una vez que este haya terminado. Será ademas la empresa franquiciadora ( un profesional ) quien le presente un contrato a la firma, sin que tenga la posibilidad de negociar los términos del mismo. Lo más probable es que no pueda ni siquiera decidir la duración, o el lugar dónde se habrán de resolver los conflictos.
En este escenario firmar el contrato sin recibir el asesoramiento de un especialista resulta absolutamente temerario.
En mi practica profesional recibo a muchos franquiciados con problemas, la mayoría de los cuales reconocen que firmaron el contrato sin saber a lo que se comprometían. Se trata de un grave error que no tiene justificación.
En mi opinion el potencial franquiciado debe ponerse en manos de un profesional desde el momento en que tenga la intención de montar una franquicia, no solo para que revisen el contrato y le expliquen su alcance, será además recomendable que le indiquen los pasos que tendrá que seguir, la documentación que habrá de recabar de la franquicia y las gestiones de todo tipo que deberá realizar antes de contratar. Y es que el hecho de contactar con una empresa franquiciadora no implica que deje de ser un empresario independiente, ni mucho menos que pueda relajarse y dejar de actuar con la debida diligencia.
Os señalamos algunos de los problemas más habituales que surgen como consecuencia de no haber estudiado el contrato, ni la información que entrega el franquiciador; son los siguientes:
– Que el franquiciado constate una vez iniciado el contrato, que la información comercial y/o económica que le aportaron, no tenia una base real y que como consecuencia de ello, ha decidido incorporarse a la franquicia engañado.
– Que una vez iniciado el contrato compruebe, que las reglas que van a regir en la relación contractual le resultan desfavorables y entienda que no va a poder cumplir con el contrato, bien por frustración del fin económico, o por otras causas.
– Que compruebe que no existen cláusulas que le permitan resolver la relación de mutuo acuerdo y tenga que asumir el riesgo a ser demandado, para el caso de que se vea obligado a cesar en el contrato.
– Que una vez tomada la decisión de salir del contrato, compruebe que no podrá seguir realizando la misma actividad, como consecuencia de haber aceptado la cláusula de no competencia post contractual.
– Que compruebe que ademas responde a titulo personal de las obligaciones derivadas del contrato, lo que implicara que estará poniendo en juego no solo la inversión realizada, sino también su patrimonio personal.
Estas “ sorpresas “ se podrán evitar si el franquiciado antes de firmar ningún documento ( ojo, tampoco los contratos de reserva de zona ) acude a un especialista que le pueda asesorar y llevar de la mano durante todo el proceso, bien para que termine firmando un contrato de franquicia equilibrado, o sino es posible, para que no lo haga y no tenga después que lamentar su decisión.